domingo, 4 de enero de 2015

Profesor de guardia

La figura del profesorado de guardia está presente en todos los centros escolares, su objetivo principal es velar por el cumplimiento normal de las actividades docentes y no docentes, tanto en horarios lectivos como durante el tiempo de recreo. Además de estas funciones también cumple otras igual de importantes:

  • Procurar el mantenimiento del orden en aquellos casos en que, por ausencia del profesorado encargado de este cometido, sea necesario, así como atender a los alumnos y alumnas en sus aulas con funciones de estudio o trabajo personal asistido. En caso de que haya más grupos libres que profesores de guardia, éstos deberán atender a todos los grupos en sus aulas correspondientes, vigilando éstas alternativamente. No obstante, siempre debe haber un profesor de guardia disponible en sala de profesores o pasillos para atender una posible emergencia. En el supuesto de que se decida dejar a los alumnos/as salir al patio, siempre deberá permanecer con ellos, al menos, un profesor de guardia.
  • Auxiliar oportunamente a aquellos alumnos que sufran algún tipo de accidente, gestionando, en colaboración con el equipo directivo del centro, el correspondiente traslado a un centro sanitario en caso de necesidad y comunicándolo a la familia.
  • Evitar que los alumnos permanezcan en los pasillos durante las horas de clase, indicándoles, según el caso, donde deben permanecer.
  • Conocer el Plan de Autoprotección del centro y desempeñar las funciones asignadas en él.
  • Colaborar con el equipo directivo en todas aquellas actividades que permitan una buena gestión del centro, así como el desarrollo armónico de la convivencia en el mismo y en el cumplimiento de las tareas o correcciones impuestas al alumnado.


La Dirección del centro, establece las guardias del profesorado a propuesta de la Jefatura de Estudios. El horario de guardias se confeccionará a partir del horario lectivo del profesorado, procurando rellenar con ello los tiempos sin actividad lectiva existentes en el mismo. El número de horas de guardia por profesor o profesora no es uniforme, estableciéndose éste, de manera individual, en función del número de horas lectivas de su horario personal, de la dedicación a otras actividades) y de las necesidades organizativas del centro.

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